Es de anotar que el PRAE se constituye en una de las principales estrategias de la Política Nacional de Educación Ambiental de Colombia para dinamizar los procesos de formación en este campo del conocimiento, por eso, el PRAE es un proyecto transversal de carácter obligatorio; por esto, este taller hace hincapié en la apropiación conceptual y metodológica del PRAE, mas no en el resultado final o proyecto escrito, el cual se lleva a cabo a mediano plazo.
Además, es importante tener en cuenta las siguientes lecturas:
Instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente.
Artículo 3º.- Responsabilidad de la comunidad educativa. Los estudiantes, los padres de familia, los docentes y la comunidad educativa en general, tienen una responsabilidad compartida en el diseño y desarrollo del Proyecto Ambiental Escolar. Esta responsabilidad se ejercerá a través de los distintos órganos del Gobierno Escolar.
Artículo 6º.- Evaluación permanente. La evaluación de los proyectos ambientales escolares se efectuará periódicamente, por lo menos una vez al año, por los consejos directivos de los
establecimientos educativos (...).
La evaluación tendrá en cuenta, entre otros aspectos, el impacto del Proyecto Ambiental Escolar en la calidad de vida y en la solución de los problemas relacionados con el diagnóstico ambiental de la localidad, con el fin de adecuarlo a las necesidades y a las metas previstas.
Artículo 16º.- Sistema de información ambiental. Las secretarías de educación de las entidades territoriales harán parte de los sistemas de información ambiental que se creen a nivel nacional, regional o local, con el fin de informar y ser informadas de los avances en materia ambiental y específicamente en materia de educación ambiental.
b. Documento Proyectos Ambientales Escolares de Maritza Torres Carrasco.
Según Maritza Torres Carrasco, expresa que los PRAES son: "Son proyectos que se incorporan a la problemática ambiental local y al quehacer de las instituciones educativas, teniendo en cuenta su dinámica natural y socio-cultural de contexto. Dicha incorporación tiene el carácter transversal e interdisciplinario propio de las necesidades de la comprensión de la visión sistémica del ambiente y de la formación integral requerida para la comprensión y la participación en la transformación de realidades ambientales locales, regionales y/o nacionales".
Además dice: "Los PRAE deben contribuir entonces, en la construcción de los sentidos de pertenencia y de manera significativa, en los criterios de identidad local, regional y nacional, a partir de procesos formativos que ubiquen la solidaridad, la tolerancia (respeto a la diferencia), la
búsqueda del consenso y la autonomía, como elementos fundamentales para la cualificación de las interacciones que se establecen entre las dinámicas naturales y socioculturales."
Y es necesario que "Los Proyectos Ambientales Escolares", identifquen un problema de diagnóstico ambiental, relevante para la comunidad en la que está inserta la institución educativa.
Expone la inclusión de la Dimensión Ambiental en el currículo, desde el plantear proyectos; con el fin genere espacios comunes de reflexión, el desarrollo de criterios de solidaridad, tolerancia, búsqueda de consenso, autonomía, para preparar a la cogestión de la búsqueda de mejoramiento de la calidad de vida.
María Emma Castillo Mosquera
Luis Henry Cuellar Beltrán
Coordinador: Eugenio Herrera Hernández